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Contrato, nómina e indemnización en el empleo de hogar

Un buen contrato no evita solo problemas legales: evita los malentendidos cotidianos sobre horarios, tareas, salario, descansos y final del servicio, que son los que de verdad rompen las relaciones de trabajo en un hogar. Esta guía repasa qué debe decir el contrato, cómo se documenta el salario cada mes y qué ocurre cuando la relación termina, con las tres vías de extinción y cómo se calcula la indemnización en cada una.

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Fuente: BOE, Real Decreto 1620/2011

Por qué conviene el contrato escrito

La normativa permite exigir que el contrato se formalice por escrito incluso cuando la relación ya ha empezado. Cualquiera de las dos partes puede pedirlo, y en la práctica es lo prudente en cuanto el trabajo deja de ser una ayuda suelta y pasa a tener horario.

El argumento habitual en contra es que hay confianza. Pero el contrato no protege de la mala fe: protege de la memoria. Al año y medio nadie recuerda si las ventanas entraban en las cuatro horas, si la subida de julio fue de cincuenta céntimos o de uno, o desde qué mes exactamente se pasó de tres a cuatro días.

Y protege a las dos partes en la misma medida. Al hogar le fija qué está contratando y por cuánto; a la persona trabajadora le fija su antigüedad, su jornada y las tareas que aceptó, que es lo que más tarde determina una indemnización.

Qué debe incluir el contrato

Más allá de los datos identificativos, el contrato tiene que dejar claros los elementos esenciales de la relación: qué jornada, qué salario, qué duración, qué tareas y dónde se prestan.

Conviene ser concreto en dos puntos que suelen quedar vagos. El primero, las tareas: no hace falta un inventario exhaustivo, pero sí distinguir el mantenimiento habitual de lo que serían encargos extraordinarios. El segundo, la distribución del tiempo: no es lo mismo veinte horas semanales repartidas en cinco días que en dos.

Contenido mínimo de un contrato de empleo de hogar
ApartadoQué concretarRiesgo si se deja abierto
Partes y fecha de inicioIdentidad de ambas y primer díaLa antigüedad queda en discusión
Tipo y duraciónIndefinido o con duración determinadaSe presume indefinido
JornadaHoras semanales y su distribuciónEl puesto crece sin que suba el salario
SalarioImporte, periodicidad y forma de pagoBase incierta para nómina e indemnización
TareasMantenimiento habitual y qué es extraordinarioDiscusiones recurrentes sobre el alcance
Lugar de trabajoDomicilio donde se presta el servicioTraslados no pactados
Periodo de pruebaDuración concreta, si se pactaNo puede invocarse fuera de plazo
Pactos especialesPresencia, pernocta, salario en especieNo se presumen: se pierden

Periodo de prueba, duración y pagas extra

El periodo de prueba solo existe si se pacta y se escribe, con una duración concreta. Fuera de ese plazo no puede invocarse: terminar la relación en el mes ocho alegando que la prueba no fue bien no es una opción si la prueba pactada duraba dos meses.

Sobre la duración del contrato, lo habitual en un hogar es el indefinido, porque la necesidad es continuada. Un contrato de duración determinada exige una causa que lo justifique -- una sustitución, un encargo con final previsible -- y encadenarlos para cubrir una necesidad permanente no convierte esa necesidad en temporal.

Las pagas extra son dos al año, y pueden abonarse en sus meses o prorratearse en las doce mensualidades. Las dos opciones son válidas; lo que no vale es prorratearlas de hecho sin decirlo, porque entonces la persona trabajadora tiene motivos para entender que se le deben aparte.

  • El periodo de prueba, por escrito y con duración concreta.
  • Indefinido salvo que exista una causa real de temporalidad.
  • Dos pagas extra: en sus meses o prorrateadas, pero dicho en el recibo.
  • Vacaciones anuales retribuidas, que se disfrutan y no se canjean por dinero.

Nómina o recibo de salario, todos los meses

El salario debe documentarse con un recibo individual y justificativo del pago. Que se pague por transferencia ayuda, porque deja rastro, pero no sustituye al recibo: la transferencia acredita que se movió dinero, no a qué periodo corresponde ni por cuántas horas.

El recibo tampoco tiene que ser un documento complejo. Lo que necesita es que cada concepto sea identificable: periodo, horas o jornada, bruto, la parte de cotización que se descuenta, las pagas extra si van prorrateadas y el neto que se abona.

Si las pagas extra se prorratean, tiene que decirlo expresamente. Cuando el recibo no lo indica, lo razonable es entender que se abonan aparte, y esa diferencia aparece entera en la liquidación final.

Qué línea es qué en el recibo de salario
LíneaQué significaQué comprobar
Periodo liquidadoMes al que corresponde el pagoQue no se salte meses
Jornada u horasBase sobre la que se calculaQue coincida con las horas reales
Salario brutoRetribución antes de descuentosQue respete el mínimo por hora
Cotización trabajadoraSu parte de la cuotaQue aparezca y no se pague en negro
Pagas extraProrrateadas o abonadas aparteQue el recibo diga cuál de las dos
Líquido a percibirLo que se transfiereQue cuadre con el movimiento bancario

Cómo termina un contrato de empleo de hogar

Hay tres vías, y se confunden con frecuencia. La baja voluntaria la decide la persona trabajadora y no genera indemnización. El despido disciplinario exige una causa tasada y grave, comunicada por escrito. Y están las causas específicas del empleo de hogar del Real Decreto 1620/2011, que son las que más se usan y las que llevan indemnización.

En este último caso el sistema exige que la extinción se justifique y se comunique por escrito, indicando de forma clara la voluntad de finalizar la relación y la causa, y poniendo a disposición la indemnización correspondiente en el momento mismo de comunicarla. No es un trámite posterior: se pone a disposición entonces.

El preaviso mínimo depende de la antigüedad: veinte días si la relación ha superado el año, siete días en los demás casos. Si no se respeta, se compensa económicamente.

Las tres vías de extinción y qué implica cada una
VíaQuién la iniciaPreavisoIndemnización
Baja voluntariaPersona trabajadoraEl pactadoNo genera
Causas específicas de empleo de hogarHogar20 días si supera el año, si no 712 días por año, tope 6 mensualidades
Despido disciplinarioHogarSin preavisoNo, salvo que se declare improcedente

Cómo se calcula la indemnización

Para las causas específicas del empleo de hogar, la indemnización equivale a 12 días de salario por año de servicio, con el límite de seis mensualidades. Los periodos inferiores al año se calculan en proporción.

El cálculo necesita tres datos: el salario diario de referencia, los años completos de servicio y la fracción del año en curso. El salario diario se obtiene del salario mensual dividido entre treinta, y a partir de ahí se multiplica por los doce días que corresponden a cada año trabajado.

Con un salario mensual de 900 euros, el salario diario es de 30 euros y cada año de servicio genera 360 euros de indemnización. Tres años completos son 1.080 euros; cinco años, 1.800. El tope de seis mensualidades solo entra en juego en relaciones muy largas.

Antes de aceptar cualquier cifra conviene comprobar la antigüedad real desde el alta, el salario de referencia con las pagas extra correctamente imputadas y si el preaviso se cumplió o hay que compensarlo aparte.

Ejemplo con un salario mensual de 900 euros (30 euros al día)
AntigüedadDías de salarioIndemnización aproximada
1 año12 días360 euros
2 años24 días720 euros
3 años36 días1.080 euros
5 años60 días1.800 euros
10 años120 días3.600 euros

Subidas, cambios de jornada y otros ajustes

Una relación que dura cambia: suben las horas, se añade la plancha, se acuerda una subida en enero. Ninguno de esos cambios es problemático en sí; lo que da problemas es no dejarlos por escrito y no comunicarlos a la Seguridad Social cuando afectan a jornada o salario.

Basta con un anexo breve al contrato, o incluso un mensaje que ambas partes conserven, indicando desde qué fecha cambia qué. Y recuerda que las variaciones de datos laborales se comunican dentro de los tres días naturales siguientes.

El caso que más se descuida es el de las horas extraordinarias puntuales: la limpieza a fondo antes de una comida familiar, el día que hay que quedarse dos horas más. Si son excepcionales, se pagan aparte y se dicen; si se repiten cada mes, ya no son excepcionales y toca revisar la jornada pactada.

Errores que salen caros

El mayor riesgo es tratar una relación continuada como si fuera un favor informal. Si hay horario, salario y trabajo dentro del hogar familiar, hay relación laboral, y conviene documentarla y cotizarla desde el primer día.

El resto de errores frecuentes son variaciones del mismo descuido: acordar de palabra lo que después nadie recuerda igual, y resolver por mensaje lo que la ley pide por escrito.

  • Empezar sin contrato porque hay confianza.
  • Pagar por transferencia y no entregar recibo de salario.
  • Cambiar jornada o salario sin actualizar los datos del alta.
  • Terminar la relación por mensaje, sin carta y sin causa.
  • Calcular la indemnización sin revisar antigüedad, salario y preaviso.
  • Prorratear las pagas extra sin que el recibo lo indique.

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