La tabla de tramos y bases de 2026
La Orden PJC/297/2026 fija ocho tramos con efectos desde el 1 de enero de 2026. El funcionamiento es distinto al de cualquier otro empleo: no se aplica un porcentaje al salario, sino que se mira en qué tramo cae la retribución mensual y se cotiza por la base de ese tramo.
Eso tiene una consecuencia práctica. Dos salarios del mismo tramo generan exactamente la misma cuota aunque uno sea bastante más alto que el otro, y unos pocos euros pueden hacer saltar de tramo y subir la cuota de golpe. Conviene mirar la tabla antes de cerrar una cifra que caiga justo en un límite.
La excepción es el último tramo: desde 1.424,41 euros la base es la propia retribución, con el tope de la base máxima de 5.101,20 euros.
| Tramo | Retribución mensual | Base de cotización |
|---|---|---|
| 1.º | Hasta 329,00 euros | 306,00 euros |
| 2.º | De 329,01 a 510,00 euros | 436,00 euros |
| 3.º | De 510,01 a 693,00 euros | 602,00 euros |
| 4.º | De 693,01 a 877,00 euros | 785,00 euros |
| 5.º | De 877,01 a 1.061,00 euros | 970,00 euros |
| 6.º | De 1.061,01 a 1.242,00 euros | 1.151,00 euros |
| 7.º | De 1.242,01 a 1.424,40 euros | 1.424,40 euros |
| 8.º | Desde 1.424,41 euros | La propia retribución, hasta 5.101,20 euros |
Cuánto se paga en cada tramo
La tabla siguiente aplica los tipos de 2026 y los descuentos automáticos a un contrato indefinido, con las cifras que da el simulador de la Seguridad Social para cada base.
La columna «Hogar» es lo que de verdad cuesta la cotización a quien contrata, además del salario. «Persona trabajadora» es lo que se le descuenta de la nómina. «Cargo mensual» es la suma de las dos: lo que la Seguridad Social pasa por el banco cada mes.
| Tramo | Base | Hogar | Persona trabajadora | Cargo mensual |
|---|---|---|---|---|
| 1.º | 306,00 | 68,16 | 19,58 | 87,74 |
| 2.º | 436,00 | 97,10 | 27,90 | 125,00 |
| 3.º | 602,00 | 134,07 | 38,52 | 172,59 |
| 4.º | 785,00 | 174,83 | 50,25 | 225,08 |
| 5.º | 970,00 | 216,03 | 62,09 | 278,12 |
| 6.º | 1.151,00 | 256,33 | 73,67 | 330,00 |
| 7.º | 1.424,40 | 317,22 | 91,17 | 408,39 |
| 8.º (con 1.500 euros) | 1.500,00 | 334,05 | 96,00 | 430,05 |
Qué porcentaje paga cada parte
Sobre la base se aplican cinco conceptos. Sin descuentos, un contrato indefinido suma el 37,95 % de la base: el 31,55 % a cargo del hogar y el 6,40 % a cargo de la persona trabajadora.
El tipo de desempleo es lo único que cambia con el contrato: sube en los de duración determinada. Los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales los paga enteros el hogar, igual que el FOGASA. Y el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que en 2026 es del 0,90 %, se reparte entre las dos partes.
| Concepto | Hogar | Persona trabajadora | Total |
|---|---|---|---|
| Contingencias comunes | 23,60 % | 4,70 % | 28,30 % |
| Accidentes y enfermedades profesionales | 1,50 % | — | 1,50 % |
| Desempleo, contrato indefinido | 5,50 % | 1,55 % | 7,05 % |
| Desempleo, duración determinada | 6,70 % | 1,60 % | 8,30 % |
| FOGASA | 0,20 % | — | 0,20 % |
| Mecanismo de Equidad Intergeneracional | 0,75 % | 0,15 % | 0,90 % |
Las reducciones: 20 %, 45 % y 80 %
Tres descuentos rebajan la parte del hogar. Ninguno toca lo que paga la persona trabajadora, ni tampoco los accidentes de trabajo o el Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
El 20 % en contingencias comunes y el 80 % en desempleo y FOGASA se aplican solos, siempre que no haya deudas con la Seguridad Social. No hay que pedirlos.
El 45 % es distinto. Es para familias numerosas que contratan a una persona para su cuidado, hay que solicitarlo aportando los datos del título, sustituye al 20 % en lugar de sumarse a él, y solo se aplica a una persona aunque haya más contratadas en el hogar.
Con los descuentos, la parte del hogar en un contrato indefinido baja del 31,55 % al 22,27 % de la base, o al 16,37 % con la bonificación de familia numerosa.
Hay otros beneficios para casos concretos, como las personas de 62 años o más en incapacidad temporal, las personas con discapacidad o algunos contratos de interinidad. Los detalla la Seguridad Social en su página de este sistema, enlazada al final.
| Descuento | Sobre qué | Cómo se obtiene | Tipo que queda |
|---|---|---|---|
| 20 % | Contingencias comunes | Automático | 18,88 % |
| 45 % | Contingencias comunes, en lugar del 20 % | Hay que solicitarlo. Familia numerosa, una sola persona | 12,98 % |
| 80 % en desempleo | Desempleo | Automático | 1,10 % (1,34 % en duración determinada) |
| 80 % en FOGASA | Fondo de Garantía Salarial | Automático | 0,04 % |
Cómo calcular la cuota, paso a paso
Un ejemplo: 15 horas a la semana a 12 euros la hora, con contrato indefinido. Es el caso con el que se abre la calculadora, y se resuelve en seis pasos.
- Horas del mes: 15 × 4,33 = 64,95. Un mes no tiene cuatro semanas.
- Retribución mensual: 64,95 × 12 = 779,40 euros.
- Tramo: esa cifra cae en el 4.º, de 693,01 a 877,00 euros, así que la base es de 785,00 euros.
- Cuota antes de descuentos: 247,68 euros del hogar y 50,25 de la persona trabajadora.
- Descuentos: 37,05 en comunes, 34,54 en desempleo y 1,26 en FOGASA, 72,85 euros en total.
- Resultado: el hogar paga 174,83 euros, la persona trabajadora 50,25, y el cargo mensual es de 225,08 euros.
| Concepto | Hogar | Persona trabajadora |
|---|---|---|
| Contingencias comunes | 185,26 | 36,90 |
| Accidentes y enfermedades profesionales | 11,78 | — |
| Desempleo | 43,18 | 12,17 |
| FOGASA | 1,57 | — |
| Mecanismo de Equidad Intergeneracional | 5,89 | 1,18 |
| Descuentos | −72,85 | — |
| Total | 174,83 | 50,25 |
12 o 14 pagas: cambia el recibo, no la cuota
Repartir el mismo salario anual en 12 o en 14 pagas no cambia el tramo, porque la retribución se calcula siempre con la parte proporcional de las extras. Tampoco cambia el coste del año. Lo único que se mueve es cuánto se paga cada mes.
Los meses con paga extra no llevan más cotización: la cuota es la misma los doce meses. Ten en cuenta que es la parte proporcional la que cotiza, así que no sirve declarar solo la mensualidad de 14 pagas al hacer el alta: la retribución que se comunica debe incluir las extras.
| Concepto | 12 pagas | 14 pagas |
|---|---|---|
| Cada mensualidad | 779,40 | 668,06 |
| Los dos meses con paga extra | — | 1.336,11 |
| Salario al año | 9.352,80 | 9.352,80 |
| Tramo y base | 4.º, 785,00 | 4.º, 785,00 |
| Cuota del hogar al mes | 174,83 | 174,83 |
| Coste total al año | 11.450,76 | 11.450,76 |
El mínimo legal, y por qué también limita la base
El salario no puede quedar por debajo del salario mínimo interprofesional de 2026, y la base de cotización tampoco. La orden lo fija así: a tiempo completo, 160 horas al mes o 40 a la semana, la base no puede ser inferior a la del tramo que contiene el salario mínimo con la parte proporcional de las extras; a tiempo parcial con salario mensual, lo mismo en proporción a la jornada; y por horas en régimen externo, el tramo que contiene el salario mínimo por hora multiplicado por las horas del mes.
La diferencia entre las dos cifras por hora está en las vacaciones. Los 9,55 euros del Real Decreto 126/2026 incluyen todos los conceptos; la Seguridad Social indica 8,90 euros cuando la persona, además, cobra su salario durante las vacaciones.
| Cómo se paga | Mínimo |
|---|---|
| Por horas, con todo incluido | 9,55 euros por hora trabajada |
| Por horas, con las vacaciones pagadas aparte | 8,90 euros por hora |
| Jornada completa, 14 pagas | 1.221 euros al mes |
| Jornada completa, 12 pagas | 1.424,50 euros al mes |
| Jornada parcial, con salario mensual | La parte proporcional a la jornada |
Cuándo se paga, y qué hacer si algo cambia
La cuota se carga en la cuenta indicada en el alta el mes siguiente al trabajado. Desde el 1 de enero de 2023 el único responsable de tramitar el alta y de ingresar las cuotas es quien contrata, sea cual sea el número de horas, y es quien descuenta del salario la parte de la persona trabajadora.
Si cambian el salario o la jornada hay que comunicarlo en Importass en los 6 días naturales siguientes, y excepcionalmente hasta el día 3 del mes siguiente. Si no se hace, se sigue cotizando por los datos antiguos, y esa base es la que luego cuenta para el paro y la jubilación de la persona trabajadora.
Cada hogar cotiza por su cuenta. Si una persona trabaja en tres casas hay tres altas, tres bases y tres cuotas, y cada una se mira en la tabla con lo que paga esa casa, no con la suma de todas.
Errores frecuentes
Casi todos los errores con los tramos vienen de hacer la cuenta con el salario equivocado o de dar por hecho un descuento que no aplica.
- Mirar la tabla con la mensualidad, sin sumar la parte proporcional de las pagas extra.
- Multiplicar por 4 semanas en lugar de por 4,33: las horas del mes quedan cortas y el tramo puede salir mal.
- Creer que el 20 % se aplica a toda la cuota. Solo se aplica a contingencias comunes.
- Sumar el 45 % al 20 %. Uno sustituye al otro.
- Olvidar descontar de la nómina la parte de la persona trabajadora, y acabar pagándola también.
- No comunicar una subida de sueldo que cambia de tramo.
- Usar la tabla de otro año. Los tramos se actualizan con cada orden de cotización.
Fuentes oficiales
Todas las cifras de esta guía se han comprobado el 3 de noviembre de 2026 con estas fuentes.
- BOE: Orden PJC/297/2026Tramos y tipos, en los artículos 15 y 35.
- Seguridad Social: bases y tipos de empleados de hogarIncluye el Mecanismo de Equidad Intergeneracional y todos los beneficios.
- Seguridad Social: simulador de la cuotaLa calculadora oficial, para contrastar tu caso.
- BOE: Real Decreto 126/2026Salario mínimo interprofesional de 2026.
Calcula tu tramo y tu coste exacto
Marca los días, las horas y el precio, y verás el tramo, la cuota de cada parte y lo que cuesta al mes, en 12 o en 14 pagas.